Es práctica habitual que aquellos inversores que pretendan invertir en el sector de las VTC (arrendamiento de vehículos con conductor) lo hagan por medio de un contrato de cuentas en participación: la sociedad gestora explota de manera directa las autorizaciones concedidas por cada Comunidad Autónoma para realizar la actividad de arrendamiento o alquiler de vehículos con conductor, mientras que el inversor efectúa la aportación dineraria, participando de los resultados prósperos o adversos de dicho negocio en la proporción que se determine en el contrato.
Fuente: El Derecho.com
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